Bonobit

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REVISE DETENIDAMENTE EL PRESENTE REGLAMENTO QUE CONTIENE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SISTEMA DE RECOMPENSAS BONOBIT, AL HACER “CLIC” EN EL BOTÓN DE “ACEPTO” DECLARA Y ACEPTA EL CONTENIDO DEL SISTEMA Y SU VOLUNTAD DE PARTICIPAR EN EL MISMO

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN, ACREDITACIÓN DE PUNTOS Y CANJE DE RECOMPENSAS (REWARDS) BONOBIT



I. ANTECEDENTES
EQBONOBIT S.A., es una empresa constituida y existente de conformidad con las leyes de la República del Ecuador, ante el Notario Décimo Sexto del Cantón Quito el 14 de diciembre del 2007, legalmente inscrita en el Registro Mercantil de Quito el 16 de enero del 2008.
BONOBIT es un sistema de recompensas (rewards), que obtiene gratuitamente el consumidor por sus compras en los locales afiliados al sistema (en adelante “ESTABLECIMIENTO”), a través de la entrega de una clave o código (en adelante “PIN”).
El presente documento tiene por objeto establecer las normas de participación de los usuarios del sistema BONOBIT.

II. DE LA CAPACIDAD PARA PARTICIPAR
Art.1 Tendrán capacidad para participar en el sistema BONOBIT todas las personas naturales, nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, con capacidad civil para contratar, (en adelante “USUARIOS”) que por sus compras en locales afiliados al sistema obtengan el correspondiente pin electrónico; el usuario debe en cualquier caso contar con acceso a Internet en un equipo terminal o móvil.
Art.2 Se entiende por capacidad civil, la prevista en el Código Civil ecuatoriano en sus artículos 1462 y siguientes. Sin embargo los menores adultos (mujeres mayores de doce años y varones mayores de catorce años) podrán participar en el sistema, previo registro y autorización de su representante legal.
Art.3 No podrán participar en el sistema (Inhabilidad) los empleados, administradores y en general personal de los establecimientos adheridos al sistema, ni sus parientes dentro del tercer grado de consanguinidad y primero de afinidad, salvo instrucción expresa remitida por el establecimiento.
Art.4 La falta de actividad en el sistema durante 180 días consecutivos (inactividad) conllevará a la perdida total de los puntos adquiridos. Actividad significa obtención de nuevos puntos o canje de los puntos por premios.
Art.5 BONOBIT se reserva el derecho de excluir a personas del sistema, por inactividad, inhabilidad o incapacidad de conformidad con lo términos y condiciones aquí establecidas. Art.6 Unicamente esta permitida una cuenta por usuario.

III. DEL REGISTRO
Art.7 Todo usuario que recibiere un pin electrónico de BONOBIT, para acceder y participar del sistema debe registrarse, a través de la página de Internet (URL): http:// www.bonobit.com (en adelante “página web”). El registro electrónico implica la aceptación y sujeción al presente reglamento, así como de las condiciones del sistema BONOBIT. Cuando se lo considere necesario BONOBIT podrá requerir la actualización y/o ampliación de datos del usuario.
Art.8 El formulario de registro en línea (online) contendrá los datos de identificación personal (campos de llenado obligatorio), ubicación y datos de contacto del usuario (campos de llenado obligatorio), así como cualquier otra información relativa a preferencias de consumo (campos de llenado opcional). La validación de los datos provistos por el usuario le hará acreedor de un nombre de usuario (username) y de una clave provisional (password), mismos que le permitirán acceder posteriormente a la página web, a través de su página de perfil. Bonobit se reserva el derecho de cambiar los nombres de usuario bajo cualquier circunstancia.
Art.9 La información recibida será confidencial y de uso exclusivo para el sistema BONOBIT. La recopilación y uso de datos personales responderá a los derechos de privacidad, intimidad y confidencialidad garantizados por la Constitución Política de la República y la Ley de Comercio Electrónico, los cuales podrán ser utilizados o transferidos únicamente con autorización del titular u orden de autoridad competente.
Art.10 El usuario autoriza a BONOBIT a remitirle a la dirección electrónica y/o teléfono celular que registre, información de toda clase, sobre el sistema, sus establecimientos afiliados y beneficios. Todo mensaje transmitido por medios electrónicos posibilitará la des-suscripción del usuario, debiendo en todo caso, remitirse un mensaje con el texto “REMOVER” al administrador de la página web.
Art.11 El contenido de los mensajes transmitidos por BONOBIT o por su intermedio, será lícito y no contendrá información inmoral o contraria al orden público y/o las buenas costumbres. El contenido publicitario de los mismos será de responsabilidad de los establecimientos participantes en cada caso.

IV. DE LA ACREDITACIÓN DE PUNTOS Y RECOMPENSAS
Art.12 Por cada consumo en los establecimientos adheridos al sistema, el usuario recibirá de los dependientes del establecimiento un pin, incorporado según sea el caso, en un objeto físico (tarjeta, embase, tapa, etc.), y/o un mensaje de texto a teléfono celular (msn) y/o una impresión generada por un equipo electrónico o POS (Point of Sales). Cada pin podrá utilizarse una sola vez y en caso de uso inhabitual BONOBIT podra solicitar las facturas que respalden los consumos que entregaron el pin, y/o anular el pin, y/o anular la cuenta del usuario.
Art.13 El usuario, previo registro y validación del username y password, deberá ingresar el pin asignado en la página web. Solamente los puntos acreditados por el sistema previo ingreso del pin serán válidos para el canje de recompensas. Los puntos asignados a un usuario son intransferibles.
Art.14 Cada pin reconocerá al usuario un número de puntos determinado por el valor del consumo en el establecimiento y, de ser el caso puntos adicionales por promociones especiales del mismo y/o por generación aleatoria o condicionada por número de visitante (hit) u otros previstos en el sistema.

V. DEL CANJE DE RECOMPENSAS
Art.15 Los puntos acreditados en la forma prevista en el artículo anterior, serán acumulables y canjeables por recompensas, en el momento que el usuario estime conveniente de conformidad con este reglamento.
Art.16 Las recompensas al usuario consisten en descuentos en compras, órdenes de consumo, servicios provistos en los establecimientos adheridos al sistema y/o muebles en general, de conformidad con la oferta constante en la página web.
Art.17 El usuario podrá canjear los puntos por recompensas en el sistema, cuando lo estime conveniente dentro del monto fijado en el Art. 14 del presente reglamento. EQBONOBIT no se hace responsable si es que los datos ingresados en el registro no son correctos e impiden la comunicación con el usuario.
Art.17 El usuario, para el canje de puntos deberá ejecutar la opción “PREMIOS” en el sistema, eligiendo la recompensa que, de conformidad con sus existencias ofreciere BONOBIT. Se remitirá al usuario y al establecimiento un mensaje de confirmación para la entrega de la recompensa escogida.
Art.19 Los canjes de recompensas no efectivizados dentro de los 30 días posteriores al ingreso de la solicitud en el sistema y confirmación de la recompensa, caducarán si más trámite; en ningún caso se reconocerá reposición de puntos por recompensas no efectivizadas dentro del plazo previsto, salvo lo previsto en el Art.20 de este reglamento.
Art.20 El canje de recompensas se hará efectivo, en el plazo determinado en el Art. 17, previa presentación de la cédula de ciudadanía o identidad del usuario, en las oficinas de EQBONOBIT S.A. en la ciudad de Quito o, en las oficinas de sus representantes en el resto de la República, dejando constancia de lo actuado mediante acta de entrega de la recompensa y recibo por parte del usuario. Art.21 Se requerirá presencia de un notario público en la entrega de recompensas con un valor comercial superior a USD $ 1000,oo.
Art.22 Ejecutada la opción “CANJEAR” el sistema notificará y confirmará por cualquier medio válido al establecimiento y al usuario de: a) La existencia del usuario; b) El hecho de haber el usuario completado los puntos requeridos para la recompensa y, c) la existencia y disponibilidad en stock de la recompensa. En caso de no recibir la notificación respectiva, el usuario deberá comunicar a BONOBIT del particular.
Art.23 En caso de que el establecimiento se negare a entregar la recompensa, por inexistencia en stock, o cualquier otra circunstancia, el usuario se obliga a comunicar a BONOBIT del particular, para subsanar la entrega o sustituir la recompensa no entregada por otra de igual valor, a elección del usuario.
Art.24 Los bienes y/o servicios que por efecto de este sistema se entreguen al usuario son de responsabilidad del proveedor y/o fabricante. EQBONOBIT no se responsabiliza por fallas, defectos y/o vicios de mercaderías adquiridas o servicios prestados defectuosamente por los establecimientos adheridos al sistema, que de existir serán objeto de responsabilidad por parte del proveedor de bienes y/o servicios de conformidad con la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Los reclamos y/o pedidos de aclaración ante el establecimiento al cual haya efectuado la compra o solicitado el servicio, serán por exclusiva cuenta del usuario.
Art.25 El sistema reconocerá como usuario y titular del puntaje solamente a la persona cuyos datos consten en el registro, y se hayan ingresado bajo su username, por lo que no se receptan reclamos de pérdidas, robos o indebida utilización de los pines. Para el canje de premios el usuario debera presentar su cédula o pasaporte. El número de este debe constar en el registro del usuario, y el nombre del usuario registrado debe coincidir con el nombre en el documento. Si estas condiciones no se cumplen, la cuenta del usuarui sera cancelada permanentemente y no se haran efectivos los premios.

VI. DEL ÁLBUM Y DE LOS “TOKENS”
Art.26 Se denomina “TOKEN” a una imagen digital, de cualquier contenido relacionado con BONOBIT, sus auspiciantes o establecimientos adheridos, que se asigna al usuario del sistema al ingresar en la función de “ALBUM”.
Art.27 Se denomina “ALBUM” al archivo que permite guardar en orden secuencial los tokens asignados al usuario por el sistema o, los intercambiados a través del mismo sistema con otros usuarios. La función de ÁLBUM permitirá almacenar hasta un total de 20 tokens entre predeterminados y especiales por un tiempo de vigencia determinado.
Art.28 Existen dos clases de tokens: (a) Tokens predeterminados que se asignan aleatoriamente, con el ingreso de puntos en el sistema, los mismos que podrán ser libremente intercambiados con otros usuarios (b) Tokens especiales, que se obtienen por consumos en determinados establecimientos, que no son susceptibles de transferencia entre usuarios.
Art.29 Al completar la totalidad de tokens posibles por álbum, el usuario se hará acreedor a un número de puntos adicionales, establecidos en cada caso, los mismos que podrá acumular y canjear dentro de los plazos y en la forma prescrita en este reglamento,

VII. DE BONOBIT.
Art.30 Bonobit se reserva el derecho de cancelar toda la promoción despues de dar una notificacion en su pagina con tres meses de anticipacion. Durante ese tiempo los usuarios deberan hacer uso de sus puntos. Pasados los tres meses, BONOBIT cesara sus funciones y todas la cuentas de los usuarios seran cerradas.

VII. DISPOSICIONES GENERALES
Se especifica que el sistema BONOBIT no realiza rifas ni sorteos en ningún caso, sino que recompensa al usuario y cliente por su fidelidad con los productos y servicios de los establecimientos adheridos al sistema BONOBIT.
EXCLUSIÓN DE NULIDAD: Si una o más disposiciones de este reglamento llega a ser declarada inválida, ilegal o inejecutable en cualquier jurisdicción o con respecto a cualquiera de las partes; dicha nulidad, ilegalidad o inejecutabilidad, no deberá ni podrá ser reputada por ninguna de las partes como que nulita, o torna en ilegal o inejecutable al resto del acuerdo.
INTEGRACIÓN Y DERECHOS DE TERCEROS: El presente documento contiene el acuerdo de las partes en las materias a que él se refiere. Cualquier contrato o convenio previo, arreglo o entendimiento relacionados con los asuntos materia del presente documento, se entenderá convalidado con la suscripción del presente contrato. Todas las negociaciones y transacciones que se ejecuten al tenor del presente Contrato, se considerarán incluidas en el mismo. Expresamente las partes acuerdan que, el presente convenio, no otorga derechos o beneficios y a ningún título, a personas que no sean parte de él.
BONOBIT se reserva el derecho de realizar cualquier modificación o ampliación a este documento, en cualquier momento, los mismos que formarán parte integrante del presente instrumento.
En caso de controversia sobre el sentido o alcance de las disposiciones de este contrato o de su cumplimiento, las partes dejan expresa constancia de que renuncian fuero y domicilio y se someterán a la resolución de un árbitro en derecho, y al trámite previsto en la Ley de Arbitraje y Mediación, al Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito.
LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN, ACREDITACIÓN DE PUNTOS Y CANJE DE RECOMPENSAS (REWARDS) BONOBIT SE ENCUENTRAN PROTOCOLIZADOS ANTE EL NOTARIO DÉCIMO SEXTO DEL CANTÓN QUITO EL 15 DE MAYO DE 2008